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Las nueve cuestiones clave de la REFORMA DE LAS PENSIONES

Las nueve cuestiones clave de la REFORMA DE LAS PENSIONES

General

La norma incopora importantes refomas; las más importantes de las cuales son las siguientes:

1. ¿Cuál será la edad legal de jubilación para los trabajadores?
Desde el 1 de enero de 2013, la edad legal de jubilación tendrá un periodo transitorio, por el que pasará desde los 65 a los 67 años en 2027. El periodo de cotización obligatorio para cobrar la totalidad de la pensión pasará de 35 a 37 años. Sólo podrán jubilarse a los 65 años quienes, por lo menos, hayan contribuido 38 años y seis meses.

2. ¿Quiénes podrán jubilarse de forma anticipada?
Hay tres formas de jubilarse de forma anticipada. La primera, a los 61 años siempre que se hayan cumplido las siguientes condiciones: ser despedido o dejar el trabajo por cualquier otra causa ajena a la voluntad del empleado. Será necesario también haber cotizado como mínimo 33 años a la Seguridad Social. Con este mismo periodo de contribución podrán jubilarse de forma voluntaria quienes hayan cumplido los 63 años y quienes formasen parte de las antiguas mutualidades de oficios antes de 1967.

3. ¿Qué cuantía de la pensión perderán quienes se retiren de forma anticipada?
Quienes se jubilen a los 61 y 63 años perderán entre un 7,5% y un 6,5% de la cuantía de la pensión por año de anticipación a la edad legal de retiro, en función de los años cotizados a la Seguridad Social. Perderán un 7,5% por año quienes se jubilen con menos de 38 años y 6 meses cotizados, y un 6,5%, quienes lo hagan con ese periodo o más de contribución. Los mutualistas perderán un 8% por cada año de anticipación a los 65 años.

4. ¿En qué consiste la jubilación parcial?
Los trabajadores mayores de 61 y 65 años y en función de los años cotizados podrán retirarse de forma parcial siempre que se cumplan las siguientes condiciones: la reducción de jornada debe estar comprendida entre un 25% y un 75% de la jornada. Además, la cotización que haga la empresa por el trabajador relevista no podrá ser inferior al 65% de la aportación que haga por el empleado de mayor edad. Hay que tener en cuenta que, a partir de ahora, la compañía pagará toda la cotización del trabajador que está en la jubilación parcial.

5. ¿Qué compensación tiene la persona que sigue trabajando?
Según los años cotizados, cada año adicional de trabajo después de los 65 o los 67 años tendrá la siguiente revalorización: con 25 años cotizados, el 2%; entre 25 y 37 años de contribución, el 2,75%. Finalmente, a partir de los 37 años de cotización, por cada ejercicio adicional de trabajo, la prestación se revalorizará un 4%.

6. ¿Cuál será el periodo de cotización exigido para calcular la pensión, a partir de 2013?
A partir del 1 de enero de ese año, se abrirá un periodo transitorio hasta el 1 de enero de 2022, en el que el periodo de cotización exigido para calcular la pensión pasará de 15 a 25 años. En ese periodo habrá medidas de gracia para que puedan recomponer la cotización quienes tuvieran 55 años y, al menos durante dos años hubieran cotizado en el desempleo por las bases mínimas al ser despedidos.

7. ¿Cuál es la medida contra las prejubilaciones en las grandes empresas con beneficios?
Las empresas, o grupos de empresas, que tengan más de 500 trabajadores deberán pagar al Tesoro el coste de la protección por desempleo de los afectados por el expediente de regulación de empleo que incluya a personal de 50 años o más. Las compañías deberán cumplir esta norma cuando en los dos años anteriores al ERE hubiesen tenido beneficios y se hayan ocupado de recolocar a los mayores de 50 años en la misma empresa, o en otra cualquiera, en los tres meses siguientes del despido.

8. ¿Qué es el llamado factor de sostenibilidad?
A partir de 2027, todos los parámetros fundamentales de la Seguridad Social, como la edad de jubilación, el periodo de cotización obligatorio y de cálculo de la pensión o el peso de la contribución en cada año, serán revisados cada cinco años de acuerdo con la esperanza de vida que había en 2027 y en el año en el que se evalue el modelo. Se trata de un sistema empleado ya por Suecia.

9. ¿Cómo informará la Seguridad Social al trabajador?
El compromiso es que periódicamente la Seguridad Social informa al trabajador de la pensión que va a tener según lo cotizado en un momento determinado.

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